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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Mayo de 2011 18:22 2011-05-26 18:22 desde IP: 189.196.155.246
Si no estas casada, no se da la causal de abandono de domicilio,,, ademàs si vives con "los suegros" mucho menos se encuadra el abandono. La mama lo ùnico que puede hacer es eso" amenazarte" puesto que por la vìa legal no te la puede quitar, amenos que tengas una mala conducta. Si èl reconocio a la niña ante el registro civil, si firmo el acta, puedes demandar la pensiòn alimenticia para la niña y para ti, "para ti" siempre y cuando como dices vivan en concubinato, ambos libres de matrimonio, o sea que no esten casados legalmente con otra pareja.
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