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  • Consulta : 114170
  • Autor : ulloa88
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    Respuesta No: 224615

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Su artazgo puede llevarlo a cometer la peor de las tonterias.

    Se puede girar una orden de aprehensiòn pero eso no implica CULPABILIDAD. Como muchos colegas del foro señala...DEJE TRABAJAR A SUS ABOGADOS

    A mi muy particular punto de vista el Ejercicio arbitrario del propio derecho SE DA si estuvo acreditado en la averiguacion que usted cambio el candado para evitar que esa persona tuviere acceso al local. Si no hay elementos de prueba en la integracion.. puede ampararse contra dicha orden. Por lo que si fuere cierto que usted no hizo nada .... no le pague nada... deje que las cosas sigan y que se determine en sentencia.

    Saludos