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  • Consulta : 113786
  • Autor : CCARLOS
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  • Autor
    Respuesta No: 224313

  • CCARLOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    hola:

    Además de la aplicación de la ley que citas, de confomidad a las circunstancias del caso, se puede iniciar una averiguación previa por el delito de ejercicio indebido del servico público, previsto en el artpículo 214 fracción V del Código Penal Federal.

    Ojo, levanta un acta circunstanciada en la que señales el hecho, la notifiques a tus superiores, quienes deberán ordenar se inicie la investigación y con esas circunstancias que te ayudarán como "atenuantes" te defenderás un poco en caso de que se inicie el procedimiento adminstrativo o la denuncia penal.