- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 113709
- Autor : SERGIO A
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 1677
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5562
-
: 67 % -
: 32 %
-
AutorRespuesta No: 224237
-
Fecha de respuesta: Domingo 22 de Mayo de 2011 19:26 2011-05-22 19:26 desde IP: 189.174.195.189
No se puede demandar por no tener seguro social, pues usted tiene la facultad de presentar personalmente su queja ante la Subdelegación del IMSS de su localidad, en el Departamento de Auditoría a Patrones; para que se realice el procedimiento correspondiente, a efecto de determinar si su patrón cumple o no con sus obligaciones, en caso de no cumplir, deberá pagar retroactivamente las cuotas omitidas y le fincarían capitales constitutivos; entonces seguramente a usted se le despedirá. Y podrá demandar por despido injustificado (siempre que no dé motivos para que le despidan).
-
Autor





