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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Mayo de 2011 02:44 2011-05-21 02:44 desde IP: 189.216.120.88
El propietario dice, me citaron con un "abogado" y yo no quise vender, lo que presupone que el propietario puede ir y venir de USA, pero suponiendo sin conceder que no puede venir, sí puede otrogar poderes. Con ese poder se debe iniciar un juicio reivindicatorio o medios preparatorio para que acrediten la calidad con la que ocupan el inmueble los arrimados, si bien es cierto que existen bandas organizadas de invasores de predios, también lo es que con una buena asesoría, no basta con el transcurso del tiempo para apropiarde de un inmueble, puede recuperar su propiedad.
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