Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 113563
  • Autor : isabelreyes
  • Consultas en Foro: 4
  • Respuestas en Foro: 67
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5559
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 259977

  • isabelreyes
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola yo lleve un caso similar donde el deudor firmo unos pagares antes de su muerte y fallecio, primero ya se habia demandado la sucesión, al momento que le mencione al juez que el de cujus adquirio compromisos antes de su muerte en el juicio sucesorio intestamentario, me previnio para demandar en la via ejecutiva mercantil y notificarle al albacea, lo anterior lo fundamento con el articulo 766 del codigo de procedimientos civiles para el estado de hidalgo, esto fue en el estado de hidalgo me gustaria saber de que forma la hizo usted, y en que estado de la republica lo llevo por que yo soy del D.F. pero ese juicio lo lleve en el estado de hidalgo.

    Muchas gracias