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AutorRespuesta No: 224055
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Mayo de 2011 00:22 2011-05-21 00:22 desde IP: 189.143.176.80
Por supuesto que es revocable.
En mi opinión, el concepto de agravio se basa primordialmente en la preclusión del actor para ofrecer pruebas y el desequilibrio procesal generado por el incumplimiento del principio de oportunidad.
Lo que sucede es que luego andan distraídos los oficiales administrativos que acuerdan las promociones y no se dan cuenta del estado del expediente, pero no queda de otra, hay que reocar el auto.
Saludos y mucho éxito!
=)
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