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  • Consulta : 113467
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 223933

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Ya se ejecutó la sentencia?? Que título de propiedad tiene el poseedor? contrato privado de compraventa, ratificado ante notario? o sin ratificación?

    Si no se ha ejecutado la sentencia, puedes promover un JUicio de Amparo en contra de la sentencia por la que pretenden desposeerte del bien, alegando que no se te ha oído y vencido en juicio además de que pretenden molestar tu posesión sin un mandamiento de autoridad, pues no va dirigido hacia a tí.

    Si no se ha ejecutado la sentencia, es procedente la suspensión. Más sin embargo para acreditar el interés jurídico en el Juicio de Amparo, deberás exhibir un contrato por escrito de preferencia ratificado ante notario, pues de lo contrario no es un documento de fecha cierta y por tanto irrelevante para el juicio de amparo, así que debes de exhibir ese contrato además de documentos ciertos, que acrediten la posesión como el expediente civil,

    testigos etc.

    Si niegan el amparo puedes tener a tu alcance una demanda civil, pero para ello tendrás que ver la legitimación de la parte actora en el juicio reivindicatorio, con que documento acreditó su propiedad, ya que si procedió fue porque acreditó la legítima propiedad del inmueble, y el amapro será sólo para efectos de que te demanden, claro que podras oponer la excepción de rescripción.