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  • Consulta : 112703
  • Autor : MARTINA
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  • Autor
    Respuesta No: 223290

  • MARTINA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Esa es  la bronca del defensor de oficio, tienen tanto trabajo que difícilmente pueden darle una atención particularizada aunque quisieran, efectivamente Usted tiene que hacerla de litigante, si ya tiene la sentencia donde el niño es de él, gaste un poquito en un abogado particular que haga la otra demanda o cuando menos que cheque su expediente directamente para que le de una orientación, claro pagando su consulta, no puede obligarlo a pagar retroactivos, sino que la pensión empieza a correr a partir de que el juez lo decrete, aproximadamente le fijarían entre un 15 a 20% de su salario, o una cantidad líquida a criterio del señor Juez.