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AutorRespuesta No: 223201
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Mayo de 2011 21:12 2011-05-13 21:12 desde IP: 187.194.33.140
tu abogado sabe que hacer...
ya que si es civil...mercantil....o laboral.......no hay ampliación de la demanda una vez presentada
si es laboral... esta se puede ampliar unicamente en la audiencia de conciliacion...demanda...excepciones...ofrecimiento y admisión de pruebas...
si es penal.... denuncia o querella...la ampliación del ejercio de la acción penal...se puede hacer en cualquier momento...incluido en el proceso y hasta antes de dictarse sentencia...
pero... tu abogado sabe que hacer... no te pases de listo... si no eres abogado... debes consulta a a uno en forma directa...
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