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  • Consulta : 112512
  • Autor : ABOGADO1982
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  • Autor
    Respuesta No: 223052

  • ABOGADO1982
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Todo depende del "escrito" ,convenio o contrato que firmaron.

    Es procedente el hecho que le haga usted efectiva la penalización, pues ese fue el acuerdo al que llegaron, solo me gustaría saber si estipularon la forma y el término en el cual usted debía regresarle el resto del anticipo. Si no señalaron fecha alguna para esta cuestion en el convenio, contrato o escrito que usted refiere, entonces se deben sujetar a las disposiciones que el código civil para el estado de Nuevo León establezca.

    Por otro lado, es decisión suya si le firma o no el pagaré que le solicita, sin embargo, yo le aconsejo que no lo haga, mejor si la persona quiere una garantía de que usted le va a pagar, extiendale una copia del escrito, convenio o contrato que suscribieron, porque a fin de cuentas en ese mismo documento usted se comprometió a devolver la cantidad que resultara despues de hacer efectiva la penalización, y si por alguna razón la persona se siente con derechoa demandarla por alguna prestación, entonces que le demande, pero jamás pódrá cobrarle ninguna tipo de interés o redito, y usted tendrá despues de un largo juicio la obligación de devolverle  la cantidad señalada, pero usted ya estaba consciente de ello.