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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Mayo de 2011 17:51 2011-05-12 17:51 desde IP: 189.230.130.240
jajajaja consultante, ahora si me hizo el día.... a usted nada, pero nada y le repito, nada le da derecho a causar un daño a una propiedad a pesar de que la persona dejo en frente de su casa su vehículo... en México existen tribunales los cuales son los encargados de impartir justicia... lo ideal es que hubiera pedido una grúa y retiraran el vehículo... le ponen una multa administrativa al dueño del mismo y listo ( juez cívico) sin embargo usted daño un bien jurídico tutelado como lo es el patrimonio y por supuesto será acreedor a una sanción. usted las tiene de perder, deje comentarle y le escribiré algo que seguramente desconoce; en fin... saludos
Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.
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