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  • Consulta : 112438
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 223004

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Las tierras que pertenecen a un ejido, son inalienables, es decir no pueden salir de la esfera patrimonial del ejido, sin embargo, si esas tierras se van a destinar a un fraccionamiento por ejemplo, o a una zona habitacional del municipio, entonces es el municipio quien PUEDE EXPROPIAR esas tierras ejediales mediante el procedimiento de expropiación, y una vez que son expropiedas esas tierras, entonces ahora si las pueden vender a particulares para el fraccionamiento. La petición de expropiación al municipio puede ser hecha por un particular que tenga interés jurídico.