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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Mayo de 2011 19:55 2011-05-11 19:55 desde IP: 187.194.54.186
como todos...
si hubo consignaciones... esas .... hacen parte del todo adeudado... si fueron cobradas...o si no fueron cobradas... no hay diferencia...
me debes 1000
pero en el curso del proceso hiciste 10 pagos de 30...(es un ejemplo)... son 300.... se restan de los 1000 y me adeudas 700...
pero... puedes presentar la planilla de liquidación de gastos costas y pensiones adeudadas como un total.... y tratar de ejecutar al 100%... ya que tendrá tiempo procesal para decirte que hay una fracción ya cubierta o consiganda....
pero no esperes poder cobrar nunca el 100% en la primera intervención....
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