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  • Consulta : 112241
  • Autor : CarlosDeLeon
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  • Autor
    Respuesta No: 222802

  • CarlosDeLeon
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la separacion de más de dos años de los conyuiges, es una de las causales que la ley marca como motivo para demandar el divorcio necesario, por cualquiera de los dos conyuges, y deberá  interponerce ante el juez competente, o sea donde se constituyó el último domicilio conyugal, ahora no precisa si ud. fue el demandado y ha sido notificado de la demanda.