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AutorRespuesta No: 222755
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Mayo de 2011 07:58 2011-05-10 07:58 desde IP: 201.110.179.194
1.- Depende de la entidad juridica en la que se encuentre.
2.- acuda al notario público para la asesoria o bien al colegio de notarios de su localidad.
3.- por medio de Escritura pública o contrato privado,
4.- acuda al catastro de su entidad para constatar los requisitos a presentar para la transmisión de propiedad.
5.- acudir tambien al Registro público de la propiedad de donde se encuentra su inmueble, con los datos registrales correspondientes.
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