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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Mayo de 2011 02:54 2011-05-09 02:54 desde IP: 189.216.169.128
La firma que vale es la del patrón, misma que se plasma en las actas adminstrativas, si puede obtener una copia y en caso de que objnetaran esa firma, el perito lo paga la Junta y no Usted, El patrón sí está obligado a pagar un perito o allanarse al perito de la Junta.
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