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AutorRespuesta No: 222575
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Mayo de 2011 17:51 2011-05-08 17:51 desde IP: 189.188.253.121
consultante,
Si pasaron 120 días hábiles sin actividad procesal entonces procede solicitar se declare la caducidad de la instancia, su efecto es que termina este juico y las cosas quedan "como estaban" antes de la demanda, el actor puede volver a entablar otra demanda por el mismo concepto.
Sugiero checar artículo 1076 del Código de Comercio vigente.
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