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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Mayo de 2011 13:31 2011-05-09 13:31 desde IP: 189.175.54.197
discrerpo con los doctos que me precedieron, primero, el registro ante el rpp no es la que originante de la propiedad, en mexico hasta el dia d ehoy es meramente una institucion registral y nada mas,y si existe asiento de posesion por ejemplo ante institucion catastral ahi se puede trabar de modo que puede buscarle por ahi ok.
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