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- Autor : LIC. CLAUDIA JANETH
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Mayo de 2011 15:16 2011-05-05 15:16 desde IP: 189.248.101.119
Hola buen día: Si se puede dar una pensión de viudez a la espos de pensionado y es el 90% de la pensión que recibió antes de fallecer tu padre según articulo 153 ley 73 o 131ley 97. Dile a tu mama que la tramite de manera administrativa y si se niegan a realizar el tramite puedes demandar la pensión,pero antes de demandar solicitado. Te dejo mi correo si gustas contactados guera_janethsa. Saludos cordiales Atentamente: Lic. Claudia Janeth Saldivar Avalos
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