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  • Consulta : 111543
  • Autor : reyna26
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    Respuesta No: 221935

  • reyna26
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La sentencia dice tal cual como sigue:

    "En virtud del divorcio que se decreta, quedarán los cónyuges en aptitud de contraer nuevo  matrimonio si así lo desean, pero no podrán hacerlo si no hasta que transcurra un año que contará a partir del día siguiente en que cause ejecutoria ésta resolución, tal y como lo dispone el art 420 párrafo tercero dle codigo civil del estado..."

    Me imagino que al hablar en pluar "los cónyuges" se refiere a los dos... pero entonces donde queda lo del art 270 y lo del cónyuge culpable para que el inocente contraiga nupcias antes??

    pd. perdon por tanta pregunta...

    gracias!