Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 111543
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 221932

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Su consulta no es clara, desde luego que el cónyuge culpable no puede contraer marimonio sino trascurrido una ños de ejecutoriado del divorcio. El cónyuge inocennte puede hacerlo a partir del sí siguiente. Pero eso lo señala la sentencia , si efectivamnete es cónyuge inocente puede contraer matrimonio de inmediato, pero si es culpable y se casa su matrimonio es inexistente.