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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Mayo de 2011 10:46 2011-05-04 10:46 desde IP: 189.139.131.129
en tu caso primero para q tu hijo no nato al momento de nacer pueda tener el derecho a la pension alimenticia primero debera ser reconocido por el padre, en caso de q el reconocimiento no sea voluntario estas en posibilidad de demandar el reconocimiento de paternidad y es aqui donde el padre obtiene automaticamente derechos y obligaciones pero encaso de q haga cso omiso a estos puedes obligarlo por la via civil como la via penal para q pueda tener tu hijo acceso a la pension alimenticia
por lo q en cuanto nazca tu hijo lo mas seguro es q tengas q cudir con abogado defensro de oficio (si no cuentas con los suficientes reursos economicos) para q primero demandes el reconocimiento de paternidad y despues tramitaras la pension alimenticia
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