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AutorRespuesta No: 221866
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Fecha de respuesta: Martes 03 de Mayo de 2011 16:08 2011-05-03 16:08 desde IP: 189.217.1.242
Buenas tardes.
Demandale el incumplimiento del contrato o la rescisión, (todo depende de las clausulas que en el mismo esten), una vez demandado y ganado el juicio, te pondran en poder de la vivienda, entonces la regresas, pero tienes que ir pagando porque entre otras cosas seria la razón para actuar sobre el contrato.
Esto es en palabras simples, toda vez que supongo que no eres abogado, seguramente aparecera alguien que te dira las acciones, terminologia etc etc. Yo doy mis asesorias asi de sencillas para ser lo más claro posible. Si tienes alguna otra duda respecto a esto, con todo gusto la aclaramos.
Espero que esta respuesta te ayude.
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