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  • Consulta : 111357
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 221798

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no dices nada...ç

    si tu casa...es propia... debes tener documentos que lo demuestren...y los recibos de agua...luz..gas..telmex...cable de tv... credencial de elector...

    pero si es rentada... de que te preocupas... no es tu deduda... debes tener tus documentos y esperar a que lleguen los actuarios y les digas que eres tu el que vive ahi...no te pueden embargar a ti por la deuda de otro... solo que digas QUE SI LO CONOCES...