Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 111265
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 221699

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Debe considerar que los estímulos fiscales a que Usrted se refiere, no se deducen al 100% en el primer año fiscal de  la asquisición. Su contador debe saber como hacer deducible los costos que realiza. Por ejemplo: Los vehículos son deducibles pero sólo el 20% anual, lo que significa que cada año el contador puede deducir el 20% del valor de la factura del vehículo de la empresa, lo que implica que lo hará deducible al 100% en cinco años. De la misma manera los gastos que Usted señala serán deducibles al 100% en los años establecidos por la Ley, información que le dará su contador. Y si no la hace yo con gusto le recomiendo a un contador que sí sepa como hacerlo.