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  • Consulta : 111208
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 221619

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Post um:

    Con las mismas pruebas y/o (mejor aún) con copias certificadas del expediente de averiguación previa y acta con sanción del Juez Cívico, usted le podrá demandar civilmente por una indemnización por daño moral..