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  • Consulta : 110957
  • Autor : Rosen
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  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Warpic:

    Me da gusto poder saludarlo

    Mire, el jueves pasado tuve una mesa de trabajo con las altas autoridades del IMSS derivado de ls gewstiones que he realizado tanto con el Senado de la Republica, asi como con la propia Presidencia, toda vez que para el suscrito resultan inaceptables las “mañas jurídicas” que a mi modo de ver la cosas, resultan con características de delincuencia organizada disfrazada de leyes.

    ¿Usted ira, y esto que tienen que ver con mi pregunta?

    Yo la verdad sea dicha, ya prefiero abstenerme lo más posible de opinar con relación a estos Temas,

    Así es, le pongo un ejemplo:

    El ordenamiento al que usted hace referencia (Art 183 de la Ley del iMSS de 1973), con la Reforma de 1997, le cambian una sola palabra, y con esto, le rompen la m.a.d.r.e (perdón por la expresión) solo en los años de 2010 y el 2011, a 1,033,473 y 1,052,579 de derechohabientes respectivamente, lo anterior en virtud de las estadísticas actúales que así no lo indican, toda vez que todos estos ciudadanos con estas evidentes mañas, al día de hoy no pueden pensionarse.

    Le transcribo:

    LEY DEL IMSS DE 1973

    ARTICULO 183.- Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen del Seguro Social y reingrese a éste, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores, en la forma siguiente:

    LEY DEL IMSS DE 1997

    Artículo 151. Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio y reingrese a éste, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores, en la forma siguiente.

    Por cierto, su duda la encuentra detallada en este mismo ordenamiento (Art 151 fracción IV de la Ley de 1997) mismo al cual también le hicieron una modificación al respecto en su parte conducente, y es la que le van aplicar.

    SALUDOS