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AutorRespuesta No: 221092
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Abril de 2011 16:02 2011-04-26 16:02 desde IP: 189.223.253.2
Si, tu suegra puede pedir la patria potestad de la niña.
Con referencia al Código Civil del Estado de México, en su articulo 4204, donde establece las personas con derecho a ejercer la patria potestad y el articulo 4224 fracción II, donde establece como se pierde la patria potestad por resolución judicial.
Saludos.
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