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AutorRespuesta No: 221062
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Abril de 2011 11:31 2011-04-26 11:31 desde IP: 189.136.184.135
Usted deberá contratar los servicios de un Abogado, preferentemente con experiencia en cobranza judicial y extrajudicial, a efecto de que analice si el pagaré que tiene, reune los réquisitos del art. 170 de la ley gra.l de titulos y operaciones de crédito , para poder demandar en vía ejecutiva mercantil, ejercitando la acción cambiaria lo siguiente:
-El pago de la cantidad prinicipal.
-El pago de los intereses moratorios al tipo legal.
-El pago de gastos y costas.
El abogado que contrate deberá señalar como bien a embargar, la camioneta que quedó en prenda como garantía del cumplimiento de la obligación.
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