- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 110465
- Autor : Valencia1979
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 901
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7309
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 224390
-
Fecha de respuesta: Martes 24 de Mayo de 2011 00:30 2011-05-24 00:30 desde IP: 187.139.108.245
Buenas noches,
El usuario nunca manifesto que los pagares estuvieran en blanco, o fueran llenados en blanco, por lo cual lo que dice el usuario bbbbrrrruuuunno no tiene ningun fundamento legal.
canoxl, tu puedes cambiar de endosatario en procuracion las veces que creas conveniente, con el fin de que sea cobrado el titulo de credito. obviamente con los gastos de representacion que esto conlleva.
-
Autor





