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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Abril de 2011 19:58 2011-04-24 19:58 desde IP: 189.240.235.249
buenas tardes, dices que la carga de la prueba recae en el deudor alimentista, dice el derecho que el que afirma tiene la obligacion de probar, no te adelantes porfavor, la teoria no te da todo el conocimiento, ten mucho cuidado con lo que mencionas. y si como dices empiezas la carrera acercate a tus profesores y no inventes consultas, porque esto te lo dejaron de tarea y se te hizo facil solicitar un formato para cumplir con ella. si de verdad quieres aprehender mejor acercate a los juzgados, presencia las audiencias, todavia no sabes lo basico de un juicio familiar, y ahora tienes que aprehender los juicios orales, mejor actualizate. y te deseo mucha pero mucha suerte, que dios te bendiga
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