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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Abril de 2011 12:16 2011-04-22 12:16 desde IP: 189.173.80.242
Usted no está obligada a trabajar horas extras, salvo en caos especiales (incendio, desatres natulaes, etc.).
No la pueden despedir y si lo hacen es un despido injustificado debiendole de crubrir su indemnización constitucional (tres meses de sueldo) más su prestaciones legales (vacaciones, aguinaldo, etc.) y sueldos devengados.
Lo cierto es que el patrón no le gusta que los trabajadores le pongan condiciones o los desfie y le hacen la vida imposible al empleado para que se vaya (renuncie).
Espere. Hable con su patrón y digale su problema particular, a lo mejor la escucha y le da un trato diferente.
En todo caso le deberá pagar, si trabaja horas extras de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (dobles y hasta triples)
Gracias.
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