Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 110197
  • Autor : TOYSTORY
  • Consultas en Foro: 17
  • Respuestas en Foro: 353
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5564
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 220472

  • TOYSTORY
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La Compensación es única y exclusivamente para los matrimonios celebrados bajo el régimen de separación de bienes. Una cosa es la compensación y otra la pensión.

    En el caso que sean bienes mancomunados por ende le corresponde a cada quien su 50% del valor de los bienes, y pensión alimenticia para el o la cónyuge que se dedicó al hogar y al menor hijo.

    saludos