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  • Consulta : 110197
  • Autor : GERARDO GUERRERO
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  • Autor
    Respuesta No: 220432

  • GERARDO GUERRERO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Disc unulpe, pero hasta donde sé la pensión alimentica es una acción individual y distinta de cualquier otra y se tiene que pagar por quien resulte responsable y en el caso de los padres ambos son obligados, solamente que a la madre se le reconce su labor en el hogar a su favor, en el supuesto que no trabaje.

    Por otro lado, al divorciarse la pareja se procede, una vez disuelto el vínculo martrimonial, a liquidar la sociedad matrimonial. Si se casaron por el regimen matrimonial de sociedad legal los bienes adquiridos durante el matromonio son de ambos conyuges, y les corresponde el 50 % a cada uno, exluyendose los recibidos por herencia, donación, lotería y otros.

    Sí el matromonio fue por bienes separdados y existen capitulaciones, entonces las cosas adquiridas por cada cual son de su única y exclusiva propiedad y nada tiene derecho a reclamar el tro conyuge.

    Espero haberle ayudado.

    Gracias.