Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 110181
  • Autor : F430LEGAL
  • Consultas en Foro: 4
  • Respuestas en Foro: 510
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 221605

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Albacea , es la persona designada por el testador, los herederos, el juez o los legatarios según los casos ), para cumplir la última voluntad del causante ( de cujus, óbito, fallecido ) mediante la realización de todos los actos y operaciones al efecto.

    Es el representante de la sucesión en todos los juicios que hubieren de promoverse en su nombre o que se promovieren contra ella.

    Quién se ostente como albacea al caso que nos ocupa, deberá acreditar su personalidad, ya sea por testamento ó por copia certificada del auto en el que acepte y proteste el cargo que le fué conferido.