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  • Consulta : 110179
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 220465

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los abuelos...paternos o maternos... tiene por ley la patria potestad de los nietos...y pueden decidir por ellos al momento que  falta uno de los padres.... solo cuando  haya una controversia de derecho... es necesario aclarar que finalidad tiene ....puedes inciar un juicio de jurisdicciòn voluntaria de  guarda y custodia compartida,.,.. al efecto de que tus padres y abuelos de tu hijo... puedan velar en la educaciòn del menor... asistir a reuniones y tomar decisiones....si es que no hay una controversia por la custodia entre tus padres y tu....

    no es necesario usar la palabra tutor....no es la figura adecuada...tendrias que pedirle permiso al padre para otorgar  la misma....