- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 110179
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 220465
-
Fecha de respuesta: Jueves 21 de Abril de 2011 16:51 2011-04-21 16:51 desde IP: 187.194.29.249
los abuelos...paternos o maternos... tiene por ley la patria potestad de los nietos...y pueden decidir por ellos al momento que falta uno de los padres.... solo cuando haya una controversia de derecho... es necesario aclarar que finalidad tiene ....puedes inciar un juicio de jurisdicciòn voluntaria de guarda y custodia compartida,.,.. al efecto de que tus padres y abuelos de tu hijo... puedan velar en la educaciòn del menor... asistir a reuniones y tomar decisiones....si es que no hay una controversia por la custodia entre tus padres y tu....
no es necesario usar la palabra tutor....no es la figura adecuada...tendrias que pedirle permiso al padre para otorgar la misma....
-
Autor





