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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Abril de 2011 19:52 2011-04-20 19:52 desde IP: 189.146.44.124
hola consultante, me imagino que su hijo fue reconocido por usted, o sea tiene su apellido, supongo, o no? en caso afirmativo me imagino que usted no fue demandado para ministrar alimentos (pensión) o si? normalmente el porcentaje por un hijo es del 15 al 25 % por lo que si no lo demandaron anteriormente siga depositando lo mismo a su esposa, nadie esta obligado a lo imposible por ende la pensión se debe de dar de acuerdo a las posibilidades del deudor o de quien debe darla y de la persona que debe recibirla... entonces le daré un mal consejo y seguro muchos abogados saltaran, pero si no esta de acuerdo la mamá de su hijo, deje que lo demande... y vera que no hay mucha diferencia entre lo que le da y lo que le fijara el juez, pero si no le merma... de mas dinero de pensión ya que es para su hijo... saludos
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