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  • Consulta : 110143
  • Autor : ZETH
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  • Autor
    Respuesta No: 220358

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    hola consultante, me imagino que su hijo fue reconocido por usted, o sea tiene su apellido, supongo, o no? en caso afirmativo me imagino que usted no fue demandado para  ministrar alimentos (pensión) o si? normalmente  el porcentaje por un hijo es del 15 al 25 % por lo que si no lo demandaron anteriormente siga depositando lo mismo a su esposa,  nadie esta obligado a lo imposible por ende la pensión se debe de  dar de acuerdo a las posibilidades del deudor o de quien debe darla y de la persona que debe recibirla... entonces le daré un mal consejo y seguro muchos abogados  saltaran, pero si no esta de acuerdo la mamá de su hijo, deje que lo demande...  y vera que no hay mucha diferencia entre lo que le da y lo que le fijara el juez,  pero si no le merma... de mas dinero de pensión ya que es para su hijo...  saludos