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AutorRespuesta No: 220364
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Abril de 2011 20:08 2011-04-20 20:08 desde IP: 201.152.169.204
Según el artículo 323 del Código Civil de Guanajuato, lo puede intentar como divorcio necesario en la causal XVIII, cuando tengas más de dos años de separado (dos años 1 día) así que tu decides
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