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AutorRespuesta No: 220326
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Abril de 2011 17:15 2011-04-20 17:15 desde IP: 189.146.44.124
vaya a la agencia del ministerio público y querellese por el delito de daño a la propiedad cometido en su agravio y en contra de las personas que estime sean las que le están causando tal problema, sin embargo deberá tener pruebas, de lo contrario no prosperara su querella... saludos
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