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  • Consulta : 110123
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 220370

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Sergio, en cuanto a tu duda sobre la conveniencia que el trabajador registre, a través delos mecanismos de controlde asistencia de la fuente de trabajo, las horas en que disfruta la media hora diaria de descanso, es una medida muy conveniente, pues no debe pasarte por alto que, en todo juicio laboral, es elpatrón sobre quien recae la fatiga procesal de demostrar.

    Si el trabajador demanda entonces esa media hora de descanso, contar con esos registros de los momentos en que la disfrutó, el patrón estará en aptitud de acreditar que otorgó esa prestación al actor.

    Lo mismo ocurre cuando el trabajador pide permiso para ausentarse del centro de trabajo y el patrón se lo concede, toda vez que al ser un tiempo en que el trabajador deja de estar subordinado al patrón y no presta su servicio, no tiene derecho a devengar la parte proporcional del salario.

    Y por lo que hace al aspecto de la puntualidad, es evidente que contar con un mecanismo de control de asistencia, permitirá al patrón, en caso de que el trabajador llegue después de su hora de entrada, no permitirle trabajar pues incurrió ya en una falta injustificada, y por lo que hace a la puntualidad en la terminación de la jornada, por las mismas razones que expuse al explicar su conveniencia respecto la media hora diaria de descanso; si el trabajador registra la hora en que concluye su jornada de trabajo y ésta coincide con la que tiene asignada para tal efecto, entonces el patrón podrá acreditar que no se trabajó tiempo extrtaordinario, en caso de que se le demande su pago.