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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Abril de 2011 13:09 2011-04-17 13:09 desde IP: 189.143.19.61
Demanda el cumplimiento forzoso del contrato de compraventa o en su defecto, la rescición por incumplimiento en la vía ordinaria mercantil.
En su defecto, si como tal no quieres iniciar un juicio, deberás tramitar unas diligencias de jurisdicción voluntaria a efecto de notificarle formalmente por conducto del Juzgado "que pague", si sólo quieres "ejercer presión" sobre el deudor. Éstas diligencias sólo tendrán valor dentro de juicio para demostrar que le requeriste de pago en fecha cierta, más "no lo vinculan" u obligan a realizar el pago; eso tendrá que ser necesariamente dentro de juicio.
Acude con un abogado mercantilista, él te explicará cuáles son los trámites a seguir.
Saludos.
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