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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Abril de 2011 14:07 2011-04-17 14:07 desde IP: 187.149.33.117
zombiecharro:
No tengo conocimiento, de que exista una definición legal del vocablo noviazgo, ya que éste, no constituye en sí una institución jurídica, como: el matrimonio, la paternidad, etc., pero para los efectos legales, de hechos que se deriven de una relación fáctica, en que los implicados tienen una relación calificada de noviazgo, se deberá atender al significado literal y semántico, que dicha palabra tiene en el idioma de que se trata y de el contexto en que ésta es empleada. De tal manera que acudiendo al Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, tenemos que, entre otras definiciones (Ajenas al tema), aparecen las siguientes:
novio, via.
(Del lat. *novĭus, de novus, nuevo).
1. m. y f. Persona que acaba de casarse.
2. m. y f. Persona que mantiene relaciones amorosas con fines matrimoniales.
3. m. y f. Persona que mantiene una relación amorosa con otra sin intención de casarse y sin convivir con ella…
noviazgo.
1. m. Condición o estado de novio.
2. m. Tiempo que dura.
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