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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Abril de 2011 12:52 2011-04-17 12:52 desde IP: 201.173.56.208
Coincido con el LIC ESTRADA, tuve la opotunidad de manejar un asunto de esa naturaleza hace algúnos años.
Los testigos, así como el término de 180 días (que la verdad desconozco si existe y dudo que alguna entidad pueda condicionar algo así para que le sea reconocido el derecho filial a un menor), resultan absurdos y totalmente instrascendentes al fondo del negocio.
Aquí en Nuevo León lo manejamos como un Juicio Ordinario Civil sobre el reconocimento de Paternidad, las probanza efectivamente son las que señala mi compañero LIC ESTRADA, más especificamente, el punto medular de la litis es la Prueba Pericial en Genetica (ADN).
Sugiero que hables con tu Abogada y le plantees y aclares todas tus dudas, toma la mejor desición, recuerda que más que tus derechos, son los de su bebe.
Esperamos haberla ayudado con su problema, seguimos a sus ordenes...
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