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AutorRespuesta No: 219713
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Fecha de respuesta: Sábado 16 de Abril de 2011 14:48 2011-04-16 14:48 desde IP: 189.142.154.5
Asi es, la obligacion de la mujer y el hombre es reciproca y en igualdad, asi las cosas, la obligacion de dar alimentos a su menor es de los dos. En cuanto a las casa que construyeron, aun y cuando no hay matrimonio, Hay criterio sostenido sobre que podria ser suceptible de liquidacion bajo la figura de la sociedad civil. Acude a asesorarte con un abogado, pero nunca pretendas ver tu relacion como un negocio o algo de donde obtener ventaja. Saludos
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