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  • Consulta : 109625
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 219713

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Asi es, la obligacion de la mujer y el hombre es reciproca y en igualdad, asi las cosas, la obligacion de dar alimentos a su menor es de los dos. En cuanto a las casa que construyeron, aun y cuando no hay matrimonio, Hay criterio sostenido sobre que podria ser suceptible de liquidacion bajo la figura de la sociedad civil. Acude a asesorarte con un abogado, pero nunca pretendas ver tu relacion como un negocio o algo de donde obtener ventaja. Saludos