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  • Consulta : 109424
  • Autor : Rosen
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  • Autor
    Respuesta No: 219408

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mí estimado (a) consultante dgm.construcciones

    Mire, demande por la vía Civil, el otorgamiento y firma de la escritura de compraventa del inmueble al que hace referencia, y que para el caso de que el demandado se niegue a formalizar ante el Notario Publico el acto de compraventa, en su rebeldía lo firme su Señoría (Art. 412 del CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO).

    Así mismo, haga valer el pago de gastos y costas judiciales que el juicio origine.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE