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  • Consulta : 109421
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 219829

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    TANGO210:

    Le sugiero que se ponga a estudiar el derecho penal parfa que llegue a distinguir la diferencia que existe entre los "delitos agravados" y los "delitos calificados", porque de sus respuestas es fácilmente advertible que desconoce el tema.

    Por otra parte, también conviene que estudie el derecho penal para que aprenda que ciertos robos de poca cuantía en el Distritio Federal, antes de ser derogada la fracción I del artículo 220 del Código Penal, eran perseguibles por querella necesaria, de donde seguramente surge la duda en la consultante.

    Finalmente, usted debe estudiar el Derecho Penal para que pueda llegar a explicar el porqué dice usted (incorrectamente) que los robos en el Metro del Distrito Federal son delitos "calificados" (agravados) pues hay una gran diferencia entre que el robo se realiced en una estación del Metro, ó que se efectúe a bordo del tren, cuestión esta última totalmente improb able pues el ladrón carecería de posibilidades de huir, y el tipo penal nos habla de "robo a bordo de un transporte público"..