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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Enero de 2012 19:28 2012-01-08 19:28 desde IP: 187.194.9.168
nada es tuyo...
Los bienes adquiridos en el matrimonio, durante el curso de la sociedad conyugal y que adquiera cada cónyuge por don de la fortuna, por donación de cualquiera especie, por herencia o por legado, constituido a favor de uno solo de ellos. es de este y no de los dos.
Cuando las donaciones fueren onerosas, se deducirá del capital del cónyuge que las reciba, el importe de las cargas que hayan sido soportadas por la sociedad.
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