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  • Consulta : 109371
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 250733

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    nada es tuyo...

     

     Los bienes adquiridos en el matrimonio,  durante el curso de la sociedad conyugal y que  adquiera cada cónyuge por don de la fortuna, por donación de cualquiera especie, por herencia o por legado, constituido a favor de uno solo de ellos. es de este y no de los dos. 

    Cuando las donaciones fueren onerosas, se deducirá del capital del cónyuge que las reciba, el importe de las cargas que hayan sido soportadas por la sociedad.