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  • Consulta : 109227
  • Autor : SERGIO A
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  • Autor
    Respuesta No: 219416

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Enresumen las opciones son:

    1.- Renuncia con  pago de salarios ganados que no hayan sido pagados, proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, sin indemnización alguna.

    2.- Para tener derecho a una indemnización, existe una posibilidad a elegir, de las otras dos opciones:

    A.- Cuando existen causales (Artículo 51 Ley Federal del Trabajo) le conviene demandar la rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador,  con las respectivas indemnizaciones.o

    B.- Esperar a que sea objeto de un despido injustificado , para demandar la indemnización correspondiente (O la reinstalación). Lo cual no quiere decir que les den razones para que les despidan -Artículo 47 Ley Federal del Trabajo-, porque entonces sería justificadamente y sin responsabilidad para el patrón.