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AutorRespuesta No: 242738
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Octubre de 2011 09:53 2011-10-21 09:53 desde IP: 200.33.74.37
No es necesario, si ya esta tramitando divorcio y tiene abogado asesorese con el.
La carta o poder de "pleitos y cobranzas" es para poder realizar actos en su nomb re por parte de otra persona, en el divorcio no aplicaria para nada pues los 2 deben de presentarse a las audicencias con sus respectivos abogados.
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